viernes, 27 de enero de 2012

Principales líneas del II Acuerdo para el Empleo y la negociación colectiva

El miércoles 25 de enero, los sindicatos UGT y CC.OO. y las patronales CEOE y CEPYME llegaron a un consenso sobre las principales líneas del II Acuerdo para el Empleo y la negociación colectiva. El acuerdo se divide en cuatro bloques temáticos: salarios, flexibilidad interna en la empresa, negociación colectiva e inaplicación negociada de materias.

Entre los puntos que se desarrollan en el documento, aparecen algunos conceptos de los que ya se había hablado previamente, como la posibilidad de ligar los salarios a la productividad y la situación de la empresa o la flexibilidad en la aplicación de los convenios colectivos.

1.- Salarios

En primer lugar, se establece para 2012 una subida de hasta el 0,5%, con una cláusula de actualización aplicable al final del ejercicio, en caso de que el IPC de diciembre supere el objetivo del Banco Central Europeo, previsto en el 2%.

En caso de que la tasa española supere la media de la eurozona, se tomaría esta última, se abonaría de una vez. Serán los negociadores de cada sector quienes decidan si es consolidable o no en la nómina, que también deberán tener en cuenta para la actualización la subida del precio del petróleo.

En segundo lugar, la subida salarial para 2013 no podrá ser superior al 0,6%, con cláusula de actualización en las mismas condiciones que en 2012 (el IPC en la zona euro y la subida del precio del barril de brent).

En 2014, la subida de las retribuciones tendrá una horquilla que se ajustará a la situación de la economía española. Se potenciará que los salarios tengan una parte variable, que estará asociada a la situación de la empresa (beneficios, ventas o productividad). Si el PIB en 2013 es inferior al 1%, el aumento salarial no superará el 0,6%. En caso de que se encuentre entre el 1% y el 2%, la subida no será superior a, 1%. En caso de alcanzar o sobrepasar el 2%, el tope se marca en el 1,5%.

2.- Inaplicación negociada en la empresa de determinadas condiciones de trabajo pactadas en los convenios colectivos

Los agentes sociales han acordado que, ante el "altísimo nivel de desempleo", de forma excepcional y con carácter temporal, las empresas pueden dejar sin efecto lo pactado en los convenios colectivos. Esta disposición afecta a horario, distribución de la jornada, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, de trabajo y de rendimientos y funciones.

Para que esto se pueda aplicar, la empresa debe justificar la disminución en el nivel de ingresos o que la situación y perspectivas económicas puedan verse afectadas por la aplicación de lo pactado en el convenio.

Sólo se puede recurrir a la inaplicación si hay un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. En caso de que no sea posible llegar a un acuerdo, la situación deberá someterse a la Comisión Paritaria. Si persiste el desacuerdo, habrá que recurrir a un sistema de solución de conflictos.

La inaplicación del convenio no podrá alargarse más de tres años ni dar lugar a un vacío en la regulación de las condiciones laborales.

3.- Flexibilidad interna

La flexibilidad interna puede ser ordinaria o extraordinaria. Los agentes sociales consideran que debe potenciarse como alternativa a los despidos.

Ordinaria
  • Para evitar las horas extra y la contratación temporal, sindicatos y patronal acuerdan que la empresa pueda distribuir regularmente y según le convenga un 10% de la jornada anual y que pueda disponer de otra bolsa de cinco días.
  • La movilidad funcional debe ser ágil y su única limitación es la pertenencia a un grupo profesional o la titulación requerida para el puesto.
Extraordinaria
  • Tiempo de trabajo: se debe justificar por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Deberá comunicarse con antelación y celeridad a los representantes de los trabajadores.
  • Movilidad funcional: no puede ser mayor de seis meses en un año u ocho meses en dos años, aunque las partes podrán ampliarla. Se aplicará para la realización de funciones distintas a las de un grupo profesional si hay razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Salarial: según el acuerdo, conviene que exista una parte variable que dependa de la situación y de los resultados de la empresa.

4.- Estructura de la negociación colectiva

El convenio estatal sectorial deberá abrir la puerta de la empresa, al tiempo que se mantiene la importancia del convenio provincial. El convenio de la empresa será el que prime para la negociación de jornada, funciones y salarios.

jueves, 29 de diciembre de 2011

El Gobierno congela el salario mínimo interprofesional

Ayer, 28 de diciembre, el Gobierno anunció la congelación del salario mínimo interprofesional (SMI) en 2012. Este indicador permanecerá en 641,4 euros al mes, a pesar de la petición de los sindicatos de aumentarlo, ya que se encuentra entre los más bajos de la Unión Europea.

La propuesta fue enviada ayer a los agentes sociales (sindicatos y patronal) y será aprobada mañana por el Consejo de Ministros.

UGT y CC.OO. solicitaron el pasado 15 de diciembre al Ejecutivo que elevara el SMI en 2012, dada la pérdida de poder adquisitivo acumulado por esta renta durante 2010 y 2011, estimada en torno al 3 por ciento. Los sindicatos recordaron en su misiva que, atendiendo a la Carta Social Europea, el SMI debería ser equivalente al 60 por ciento del salario medio neto de cada país, que en España sería de 1.026, euros mensuales.

El salario mínimo interprofesional afecta a otros indicadores, que se calculan en base a esta cifra. Es el caso de los subsidios por desempleo o la cantidad que deben percibir los becarios según el convenio de prácticas no laborales, incluso cuánto se paga a los miembros de una mesa electoral, por lo tanto, esas cantidades también se verán congeladas con esta medida.

jueves, 22 de diciembre de 2011

Nuevos certificados de profesionalidad (II)

De vez en cuando conviene revisar el Boletín Oficial del Estado. Es una tarea poco agradecida pero a veces da resultados. El martes pasado, se publicaron once nuevos certificados de profesionalidad correspondientes a la familia de Industrias Alimentarias. A partir de su publicación, los nuevos títulos pasan a ser oficiales y aparecen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad. Para más información, se puede acceder al documento completo en este enlace.

La semana pasada también se publicaron nuevos certificados de profesionalidad de la familia profesional agraria, artes y artesanías, comercio y marketing, energía y agua, informática y comunicaciones y química. Se puede acceder a todos estos documentos (uno por cada grupo) en este enlace.

Durante los últimos meses, se han incluido en el Repertorio Nacional multitud de certificados. Estos están relacionados con el trámite de reconocimiento oficial de la experiencia profesional, iniciado por el Servicio Público de Empleo, según el cual se pueden acreditar oficialmente las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral.

En el post "Reconocimiento de la experiencia profesional" hay más información sobre los pasos que se deben seguir en la web del SEPE para tramitar la acreditación.

Asimismo, los días 15 y 16 de diciembre se publicaron en el BOE las enseñanzas mínimas de varios títulos académicos.

martes, 20 de diciembre de 2011

Miniempleos

La semana pasada saltó a la actualidad el tema de los miniempleos. El Banco Central Europeo (BCE) lanzó la propuesta a mediados de agosto, dentro de un paquete de recomendaciones a España para mejorar los datos de empleo, pero no ha sido hasta esta semana cuando se ha dado una mayor difusión a este concepto.

Según el BCE, esta medida podría ser buena para reducir la tasa de desempleo entre los menores de 26 años (48,9% en octubre), que serían los principales candidatos a ocupar estos “mini puestos”. Los sueldos de los miniempleos estarían por debajo del salario mínimo interprofesional (641,40 euros en 2011), con un límite mínimo de 400 euros.

El presidente de la CEOE, Juan Rosell, se mostró el martes pasado a favor de este tipo de contratación. Las reacciones a estas declaraciones no se hicieron esperar. Dos días después, el secretario general de Comisiones Obreras, Ignacio Fernández Toxo, calificó en una entrevista radiofónica los miniempleos de “cortina de humo” y añadió que este tipo de iniciativas sólo servirán para deteriorar aún más el mercado laboral.

Por su parte, el comisario europeo de Empleo y Asuntos Sociales, Laszlo Andor, declaró que esta opción no debe verse como “la única solución”, sino que debería considerarse como “parte de un paquete más amplio” destinado al fomento de empleo juvenil. Andor opina que hay que incentivar el acceso de los menores de 26 años al mercado laboral, las oportunidades para acceder a becas y prácticas y, sobre todo, “elevar la calidad del empleo juvenil”.

Andor también propuso en su intervención “un mejor uso de los fondos sociales europeos” para crear empleo en los estados miembros de la UE y anunció que la Comisión presentará en breve una propuesta para mejorar el empleo.

Finalidad de los miniempleos

Los miniempleos funcionan en otros países de la Unión Europea, como en Alemania. Por lo poco que conozco a nivel personal de este tipo de puestos, suelen ser calificados más como una ocupación complementaria o trabajos para estudiantes, ya que las jornadas laborales de este tipo de empleos son más reducidas y permiten obtener ingresos durante el periodo de formación.

Durante la recopilación de noticias sobre este tema no he podido averiguar qué utilización se pretende dar a este tipo de contratación en España, en caso de que fuera incorporada en una próxima reforma laboral, pero conociendo el mercado laboral español es muy posible que se trate de un medio más para reducir los datos sin preocuparse por la estabilidad y la calidad del empleo.

jueves, 15 de diciembre de 2011

La generación perdida de España se muda a Alemania

Entre las lecturas que he ido dejando pendientes, se encuentra un texto del diario alemán 'Die Welt', titulado "La generación perdida de España se muda a Alemania". Dejando de lado la publicidad que se hace en el texto de las sesiones de reclutamiento que organizaron los servicios de empleo alemanes y el portal Eures, el reportaje da algunas pinceladas interesantes sobre la visión que se tiene en el extranjero del mercado de trabajo español y la preparación de los jóvenes.

Die Welt pone la tasa de desempleo juvenil en España, alrededor del 45%, y la situación económica como causas que impulsan a los jóvenes cualificados a salir del país para conseguir una oportunidad laboral. Sin embargo, el texto deja entrever, a través de las opiniones de algunas personas consultadas, que no están muy dispuestos a alejarse de casa y que sólo lo hacen como último recurso, no porque estén realmente convencidos.

En varias ocasiones, el texto destaca la excelente formación que tienen los jóvenes españoles de la llamada "generación perdida", calificándola como la generación mejor preparada. Además de la cualificación, destacan la motivación de los jóvenes españoles. También llama la atención de los expertos consultados la forma en que los candidatos se venden en las entrevistas.

Como causa de esta actitud apuntan a que "han aprendido en España que los contratantes, por lo general, no están dispuestos a ofrecer sueldos altos a los trabajadores altamente cualificados". Esta frase es una clara crítica al funcionamiento del mercado laboral español, en el que las empresas tienen cada vez más tendencia a 'regatear' los sueldos en los procesos de selección.

Otra parte negativa del mercado laboral español que se deja ver, aunque de forma más sutil (y quizá involuntaria), es lo tarde que nos incoporamos los jóvenes españoles al mercado laboral. Al llegar a los 25 años, muchos titulados no han tenido nunca un contrato laboral y su experiencia se resume en ir de empresa en empresa encadenando becas y prácticas.

Quizá el texto no descubra nada nuevo pero es interesante ver cómo se percibe desde fuera el tema del desempleo juvenil.

martes, 13 de diciembre de 2011

España, el país con más sobrecualificación de la UE

Según la oficina estadística Eurostat, España es el país de la Unión Europea con el mayor porcentaje de trabajadores sobrecualificados para su puesto. En concreto, el 31 por ciento tienen un nivel de formación superior al que exige su empleo, muy por encima de la media europea, que se sitúa en el 19 por ciento.

Detrás de España van Irlanda, con el 29 por ciento, y Chipre, con el 27. Por el contrario, la tasa más baja de sobrecualificación pertenece a la República Checa, donde tan solo siete de cada cien trabajadores tienen una formación superior al puesto que desempeñan.

En las grandes economías de la zona euro, la tasa de sobrecualificación de los empleados entre 25 y 54 años se asemeja a la media comunitaria. Así, Alemania y Reino Unido empatan con un 20 por ciento, mientras que Francia clava la media con su 19 por ciento. Italia es la excepción, con una tasa inferior a la media (13 por ciento).

Diferencia entre nacionales y extranjeros

Dentro de España, la tasa es más alta entre los trabajadores extranjeros que residen en nuestro país. En este caso, alcanzan el 58 por ciento, porcentaje solo superado por Grecia, con un 62 por ciento.

El informe de la oficina estadística europea subraya las grandes diferencias existentes entre los trabajadores nativos y los extranjeros. En este apartado, no solo se hace referencia a la cualificación, sino también al riesgo de pobreza, que afecta al 18 por ciento de los nativos y al 32 por ciento de los extranjeros, y a la probabilidad de residir en una vivienda hacinada, del 3 por ciento frente al 12 por ciento.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que los datos que ha empleado Eurostat para elaborar su informe corresponden al año 2008. Si bien ese periodo fue señalado como clave para la crisis financiera y el desempleo, la situación puede haber variado considerablemente en los últimos tres años, en los que ha variado la situación económica de los países de la zona euro.

jueves, 1 de diciembre de 2011

Referencias y recomendaciones

Los portales y redes sociales de empleo siempre incluyen un apartado destinado a las recomendaciones, algo que se suele olvidar en a la hora de buscar trabajo. Si bien es cierto que normalmente cuesta rellenar estos campos -en muchos casos, porque las personas que nos podrían recomendar nunca están en esas redes sociales o portales-, siempre hay que dejar abierta la posibilidad de facilitar estos datos.

Siempre viene bien tener un par de cartas de recomendación a mano y el contacto de antiguos jefes. Normalmente, los procesos de selección son muy breves, porque se busca cubrir cuanto antes un puesto vacante, por lo que habrá que facilitar la información que nos pidan con rapidez. En algunas profesiones, también es bueno presentar ejemplos de nuestro trabajo, para que el responsable de selección vea que puede confiar en nosotros para el puesto que quiere cubrir.

Si no queremos incluir estos datos en el currículum, bien porque no lo consideremos necesario o porque nuestro CV sea muy extenso y no queramos alargarlo más, se puede indicar la posibilidad de pedir referencias con una sencilla frase en el CV. Las cartas de recomendación y las muestras de nuestro trabajo se pueden entregar directamente en la entrevista o al presentar la candidatura, como un anexo al que se puede añadir la carta de presentación.

El criterio para presentar recomendaciones y referencias se puede resumir de una manera sencilla: cuando sea necesario. Esto significa que, al igual que hay que dedicar tiempo a preparar el currículum y las entrevistas, esta parte no puede quedar a un lado, ya que habrá que estar preparado cuando una empresa solicite referencias o recomendaciones.